Enfrentarse a una propuesta de sanción de AESA por grabar con un dron en una ciudad sin los permisos necesarios es una situación que genera una enorme incertidumbre y preocupación para cualquier operador, ya sea profesional o recreativo. La complejidad de la normativa aeronáutica, unida a la severidad de las posibles multas, convierte la recepción de una notificación de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea en un momento crítico. Comprender el marco legal, los motivos de sanción y, sobre todo, las vías de defensa es fundamental para proteger tu licencia, tu actividad profesional y tu patrimonio. En Take Off Abogados, somos expertos en la defensa de pilotos y operadores frente a expedientes sancionadores de AESA, y conocemos a la perfección los argumentos técnicos y jurídicos para construir un recurso sólido.

Una multa por grabar con un dron en ciudad puede oscilar entre 60€ y 225.000€ para particulares, y hasta 4.500.000€ para profesionales, dependiendo de la gravedad. La defensa debe iniciarse de inmediato, pues los plazos para presentar alegaciones ante AESA son improrrogables y un error puede ser definitivo.

El laberinto regulatorio: por qué volar un dron en ciudad es una operación de riesgo

La operación de sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS) en España está sujeta a un estricto marco normativo dual que combina la regulación europea y la nacional. El pilar fundamental es el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, que establece las reglas y procedimientos aplicables a la utilización de drones. Esta normativa europea, que entró en vigor el 31 de diciembre de 2020, clasifica las operaciones en tres categorías según su nivel de riesgo: abierta, específica y certificada. La mayoría de los vuelos en entornos urbanos, especialmente si implican la grabación de imágenes, caen fuera de la categoría ‘abierta’ (de bajo riesgo) y se adentran en la ‘específica’, que exige una autorización operacional previa de AESA.

Volar en una ciudad implica, por definición, operar sobre aglomeraciones de edificios y estar cerca de personas, lo cual está altamente restringido. Además, gran parte de los núcleos urbanos se encuentran dentro de espacios aéreos controlados (CTR) por la proximidad de aeropuertos o aeródromos. Realizar un vuelo en estas zonas sin una coordinación expresa con el proveedor de servicios de tránsito aéreo y la correspondiente autorización de AESA es una de las infracciones más comunes y severamente sancionadas.

Infracciones comunes que desencadenan multas por grabar con dron en ciudad

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea inicia expedientes sancionadores por una variedad de incumplimientos que, en el contexto urbano, adquieren una especial gravedad. No se trata solo de la ausencia de un permiso de vuelo; la investigación de AESA suele ser exhaustiva y puede detectar múltiples infracciones en una sola operación.

Hechos sancionables más frecuentes:

  • Vuelo en Espacio Aéreo Controlado (CTR) sin autorización: Es la infracción más habitual en ciudades. Requiere no solo la autorización de AESA, sino también una coordinación efectiva con la torre de control correspondiente, para lo cual es necesario poseer el título de radiofonista.
  • Operar sobre aglomeraciones de edificios o reuniones de personas: La normativa es muy clara al respecto para proteger la seguridad de terceros en tierra. Salvo que se opere bajo un escenario estándar (STS) autorizado o se cuente con un estudio de seguridad SORA aprobado, esta actividad está prohibida.
  • Superar la altura máxima de vuelo permitida: Generalmente, el límite se establece en 120 metros sobre el terreno, para no interferir con la aviación tripulada.
  • Falta de registro como operador en AESA: Todo aquel que vuele un dron, salvo contadas excepciones, debe estar registrado y el número de operador debe figurar de forma visible en la aeronave.
  • Vulneración de la Ley de Protección de Datos: Grabar imágenes de personas sin su consentimiento o en espacios privados puede acarrear sanciones no solo de AESA, sino también de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

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Entendiendo el procedimiento sancionador de AESA

Cuando AESA detecta una presunta infracción, inicia un procedimiento administrativo sancionador regulado por la Ley 21/2003 de Seguridad Aérea y la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común. El proceso comienza con un "Acuerdo de Iniciación", un documento donde la Agencia notifica al presunto infractor los hechos, la calificación inicial de la infracción y la sanción que podría corresponderle. Es en este momento cuando se abre el plazo para presentar alegaciones, proponer pruebas y, en definitiva, ejercer el derecho a la defensa.

La cuantía de las sanciones varía drásticamente según la calificación de la infracción (leve, grave o muy grave) y si el infractor es un particular o un profesional. Para un particular, las multas leves van de 60€ a 45.000€, las graves de 45.001€ a 90.000€ y las muy graves hasta 225.000€. Para los operadores profesionales, las cifras se disparan: las leves pueden llegar a 70.000€, las graves a 250.000€ y las muy graves hasta 4.500.000€.

Una defensa eficaz no consiste simplemente en negar los hechos. Requiere un análisis técnico-jurídico del expediente, la normativa aplicable en el momento del vuelo, las pruebas aportadas por AESA y la búsqueda de posibles defectos de forma en el procedimiento que puedan llevar a la anulación del mismo. Argumentos como la incorrecta tipificación de la infracción, la falta de pruebas concluyentes o la vulneración del principio de proporcionalidad en la sanción propuesta son claves en la defensa.

Los plazos en AESA son improrrogables: Protege tu licencia hoy

El mayor enemigo de un piloto u operador que se enfrenta a un expediente sancionador es el tiempo. La Ley de Procedimiento Administrativo establece plazos muy estrictos para formular alegaciones y presentar recursos. Un error, una omisión o la presentación de un escrito de defensa deficiente por cuenta propia puede tener consecuencias fatales, llevando a que la propuesta de sanción se convierta en firme sin posibilidad de recurso. La defensa ante AESA no es un trámite, es un proceso legal complejo que requiere el conocimiento profundo de un abogado especialista en Derecho Aeronáutico.

En Take Off Abogados, no solo conocemos la ley, sino que entendemos la operativa aérea y el lenguaje técnico de AESA y EASA. Nos encargamos de analizar cada detalle de tu expediente, desde la cartografía aérea del lugar de los hechos hasta la validez de las pruebas presentadas en tu contra. Nuestro objetivo es construir una defensa técnica y legal impecable para anular o reducir la sanción al mínimo posible. No dejes que un error ponga en jaque tu futuro profesional o tu patrimonio. Contacta con nosotros y protege tu licencia y tus derechos con la máxima garantía.

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