Si eres TCP o piloto y la mutua ha denegado tu prestación por riesgo durante el embarazo, debes actuar con rapidez. La normativa exige acreditar que las condiciones de tu puesto de trabajo son incompatibles con la gestación y que no existe posibilidad de adaptación o reubicación en tierra.

El sector aéreo presenta una casuística muy específica en cuanto a la protección de la maternidad. Como profesionales del derecho aeronáutico en Take Off Abogados, vemos con frecuencia cómo las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social deniegan estas prestaciones alegando que el embarazo es una "enfermedad común" o que no existen riesgos específicos en el puesto. Esta interpretación es, a menudo, una estrategia para eludir su responsabilidad. La realidad técnica de un vuelo —exposición a radiaciones ionizantes, cambios de presión, vibraciones, fatiga física y la imposibilidad de una evacuación médica inmediata— constituye un riesgo objetivo que debe ser evaluado conforme a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

El conflicto entre la mutua y la realidad operativa a bordo

La denegación de la prestación por riesgo durante el embarazo se produce habitualmente cuando la mutua sostiene que la trabajadora puede seguir desempeñando funciones de tierra o que el embarazo no reviste una patología. Sin embargo, en el caso de pilotos y TCPs, la normativa es clara: si el puesto de trabajo implica riesgos para la salud de la gestante o del feto y la empresa no puede garantizar una reubicación efectiva en un puesto compatible, la suspensión del contrato debe ser inmediata.

El error común de las mutuas es tratar el embarazo como una contingencia común gestionada por el médico de familia, cuando el derecho a la prestación por riesgo durante el embarazo (artículos 187 y 189 de la Ley General de la Seguridad Social) es una contingencia profesional. Esto significa que la prestación debe ser del 100% de la base reguladora y no estar sujeta a los periodos de carencia ni a las reducciones salariales que conlleva una baja por enfermedad común.

Por qué es fundamental la evaluación de riesgos del puesto

Para que una mutua reconozca la situación de riesgo, es imperativo contar con una evaluación de riesgos actualizada y específica para el puesto de vuelo. Muchas aerolíneas fallan en proporcionar esta documentación detallada, lo que da pie a que la mutua deniegue la solicitud. Es necesario acreditar que el entorno de trabajo a bordo expone a la tripulante a niveles de radiación cósmica o a condiciones de presurización que, aunque seguras para un pasajero ocasional, son desaconsejables para una exposición profesional continuada durante el primer trimestre y etapas posteriores.

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Si la mutua se niega a reconocer el riesgo, el siguiente paso es impugnar la resolución. No basta con una queja administrativa; es necesario presentar un informe pericial que contraste los datos de la mutua con la realidad operativa de la aeronave. En Take Off Abogados ayudamos a nuestras clientas a recopilar la documentación técnica necesaria, incluyendo los certificados de los médicos examinadores aéreos (AME) que, en muchos casos, son la clave para demostrar la incompatibilidad del vuelo con el estado de gestación.

La importancia de la reubicación en tierra y el deber de la aerolínea

La normativa española impone a las aerolíneas la obligación de intentar adaptar el puesto de trabajo o, en su defecto, reubicar a la trabajadora en una posición en tierra que no suponga un riesgo. Muchas compañías aéreas, tras la notificación del embarazo, intentan forzar una baja por incapacidad temporal (IT) por contingencias comunes para evitar el coste que supone la prestación por riesgo durante el embarazo.

Esta práctica es un fraude a los derechos de la trabajadora. Si no hay un puesto en tierra disponible o si el puesto ofrecido no cumple con las condiciones de seguridad necesarias, la empresa debe emitir el certificado de inexistencia de puesto compatible. Si la compañía aérea se niega a emitir este documento, estamos ante un conflicto laboral que requiere una intervención legal inmediata para forzar la emisión del certificado y desbloquear la prestación con la mutua.

Los plazos en AESA y Seguridad Social son improrrogables

En el derecho administrativo y en la gestión de prestaciones ante la Seguridad Social, los plazos son fatales. Una vez que recibes la denegación de la mutua, cuentas con un periodo muy limitado para presentar la reclamación previa. Dejar pasar estos días supone la pérdida definitiva del derecho a cobrar la prestación por riesgo durante el embarazo, obligándote a recurrir a una baja por enfermedad común, con la consiguiente pérdida económica y el impacto en tu historial profesional.

No permitas que una mala gestión de la mutua o una desidia por parte de tu aerolínea afecte a tu salud y a tu estabilidad económica en un momento tan importante. En Take Off Abogados somos expertos en enfrentarnos a estos organismos y defender los derechos de las tripulantes. Si te encuentras en esta situación, el tiempo corre en tu contra; contacta con nuestro equipo hoy mismo para proteger tu licencia y tu futuro.

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