
Take Off Abogados

Take Off Abogados
Los contratos en el sector aéreo tienen cláusulas y estructuras (training bonds, falsos autónomos, contratos por broker, movilidad geográfica) que un despacho generalista no detecta. Te asesoramos antes de firmar, durante la relación laboral y, cuando hay despido, defendemos la máxima indemnización posible en vía administrativa y judicial.
Las indemnizaciones, los plazos y los criterios judiciales en aviación tienen particularidades clave: convenios colectivos sectoriales muy específicos, dietas y pluses que cuentan como salario, cláusulas de movilidad que se pueden impugnar, training bonds desproporcionados que son anulables. Conocer cada uno de estos puntos al detalle puede multiplicar tu indemnización final.
Cuatro líneas de defensa que cubren el ciclo completo de tu relación laboral, desde la firma del contrato hasta la sentencia firme si llega a juicio.
Resolvemos las dudas más habituales de pilotos y TCPs sobre contratos y despidos en el sector aéreo. Si la tuya no está aquí, escríbenos y te respondemos sin compromiso.
La indemnización mínima por despido improcedente es de 33 días por año trabajado (45 días para contratos anteriores a febrero 2012). En aerolíneas se suman además pluses no consolidados, horas extra impagadas y la parte proporcional de las pagas extras.
20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido para presentar papeleta de conciliación. Si pasa este plazo, pierdes el derecho a impugnar. Por eso es crítico contactar con un abogado en las primeras 48-72 horas.
Sí, pero con límites. La cláusula debe ser proporcional al coste real de la formación, tener una duración razonable (normalmente 2-3 años) y no impedir el cambio de empresa. Las desproporcionadas pueden anularse en vía judicial.
Depende. La cesión ilegal de trabajadores está prohibida. Si la intermediaria no aporta medios propios y solo factura tu tiempo, podemos demandar reconociendo la relación laboral directa con la aerolínea, con todas las consecuencias retributivas y de antigüedad.
Sí, dentro del plazo de prescripción de 1 año para las cantidades salariales. Hay que actuar rápido: cada mes que pasa se pierde el derecho a reclamar el mes equivalente del año anterior.
Sin compromiso. Analizamos tu situación y te explicamos tus opciones con claridad.