Vía Contencioso-Administrativa frente a AESA

Recurso ante los tribunales contra resoluciones firmes de AESA: Juzgados Centrales, Audiencia Nacional y Tribunal Supremo

Cuando la vía administrativa se agota y AESA mantiene su decisión, queda la vía judicial contencioso-administrativa. Llevamos pleitos completos ante el Juzgado Central de lo Contencioso, la Audiencia Nacional y, cuando procede, recursos de casación ante el Tribunal Supremo. Conocemos el detalle procesal y la doctrina aplicable al sector aéreo.

¿A quién puede ayudar este servicio?

Este servicio se dirige a destinatarios de resoluciones administrativas firmes de AESA que quieren llevar el asunto ante los tribunales.

Trabajamos especialmente con:

  • Pilotos sancionados con resolución firme tras recurso de alzada.
  • Operadores y ATOs con revocaciones o suspensiones definitivas de certificaciones.
  • Profesionales con denegaciones de licencia firmes tras la vía administrativa.
  • Empresas afectadas por actos de AESA que generan daños económicos cuantificables.

Plazo para interponer recurso contencioso: 2 meses desde la notificación del acto que pone fin a la vía administrativa. Si te quedas sin tiempo, pierdes el caso de raíz.

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Qué incluye nuestro servicio en vía contenciosa

Cuatro fases en las que necesitas un equipo legal con experiencia tanto procesal como aeronáutica. Cubrimos cada una con metodología propia.

Recurso Contencioso ante el Juzgado Central

Demanda contencioso-administrativa contra resoluciones de AESA que afectan a particulares. Estrategia probatoria, pruebas periciales aeronáuticas y conclusiones.

Recursos ante la Audiencia Nacional

Defensa ante la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional cuando es competente por cuantía, materia o por afectar a actos del Consejo Rector de AESA.

Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo

Preparación e interposición del recurso de casación cuando la cuestión tiene interés casacional. Es la vía más exigente técnicamente.

Reclamación de Responsabilidad Patrimonial

Reclamación de daños y perjuicios cuando una resolución administrativa anulada ha causado un perjuicio económico cuantificable.

Preguntas frecuentes sobre la vía contencioso-administrativa frente a AESA

Depende mucho del asunto y de las periciales necesarias. Como orientación, 6.000-15.000 € en primera instancia, más posibles costas si pierdes. Damos siempre presupuesto cerrado tras estudiar el expediente.
Entre 12 y 24 meses en primera instancia. Si hay recurso (apelación o casación según el caso), el procedimiento completo puede llegar a 3-4 años. Por eso es importante valorar la medida cautelar al inicio.
Sí, en pieza separada al iniciar el recurso. El Juez valora el periculum in mora (peligro en la demora) y la apariencia de buen derecho. Es frecuente que se exija caución para asegurar los posibles daños a la Administración.
Sí, mediante responsabilidad patrimonial de la Administración. Hay que probar el daño, la antijuridicidad y la relación causal. Casos típicos: meses de actividad parada, lucro cesante de operador o piloto.
Sí, ante la Audiencia Nacional en apelación (o casación según el caso). Y posteriormente casación ante el Tribunal Supremo si concurre interés casacional. Cada fase tiene sus exigencias técnicas.

¿Quieres llevar a AESA ante los tribunales?

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